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sábado, 29 de agosto de 2026

Violencia vicaria: un fallo amplía las medidas de protección hacia los hijos

El Juzgado de Paz de Malvinas Argentinas consideró indicadores compatibles con violencia vicaria y, ante la exhibición de un arma de fuego, ordenó el allanamiento del domicilio del denunciado y amplió las medidas de protección.

Ante indicadores de violencia vicaria y la exhibición de un arma de fuego, un Juzgado de Paz de la Provincia de Buenos Aires ordena el allanamiento del domicilio del denunciado y amplía las medidas de protección hacia los niños

«A., N. F. C/ N., C. M. S/ PROTECCIÓN CONTRA LA VIOLENCIA FAMILIAR». Juzgado de Paz de Malvinas Argentinas, Provincia de Buenos Aires, 31 de julio de 2026. Jueza interviniente Dra. Nancy Judith Iannelli.

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I.- Resumen de los hechos

Con fecha 29 de junio de 2026 el juzgado había dispuesto una medida de prohibición de acercamiento respecto del Sr. N., debidamente notificada a ambas partes. Poco más de un mes después, la Sra. A. se presenta con patrocinio letrado y denuncia el incumplimiento reiterado de esa medida, dando cuenta de la continuidad de conductas de hostigamiento e intimidación por parte del denunciado.

En su presentación, la denunciante refiere que el Sr. N. utiliza a los dos hijos en común como instrumento para perpetuar el ejercicio de violencia hacia ella, lo que —a criterio del juzgado— configura indicadores compatibles con violencia vicaria. A ello se suma la exhibición de un arma de fuego en presencia de los niños, circunstancia que el tribunal valora como un significativo agravamiento del riesgo, y la denuncia de incumplimiento de los deberes alimentarios por parte del progenitor.

Sobre esa base, el juzgado dispone, con carácter cautelar y urgente, el allanamiento del domicilio del denunciado para el secuestro de toda arma de fuego, la ampliación de la prohibición de acercamiento en favor de los niños, el cuidado personal unilateral provisorio a favor de la madre y la fijación de una cuota alimentaria provisoria.

miércoles, 12 de agosto de 2026

Un fallo garantiza la Tarjeta Alimentar a la madre cuidadora


La Corte Suprema reafirmó la garantía efectiva del derecho alimentario de una niña, asegurando la percepción de la Prestación Alimentar por parte de quien ejerce su cuidado personal. “G., L. S. c/ ANSES s/ amparo ley 16.986”. Corte Suprema de Justicia de la Nación. Cámara Federal de Apelaciones de Paraná. Juzgado Federal de Paraná n° 2

Por Erica Pérez[1], Maru Breard[2] & Tamara Bezares[3]
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I.- Resumen de los hechos:

  1. S. G., actuando en representación de su hija menor de edad A. C. G., interpuso una acción de amparo contra la ANSES para solicitar la rehabilitación de la Prestación Alimentar, beneficio que había dejado de percibir desde julio de 2022. La actora sostuvo que tiene el cuidado personal exclusivo de su hija, quien es beneficiaria de la Asignación Universal por Hijo (AUH) y, por esa razón, accedía automáticamente a la Prestación Alimentar. Asimismo, señaló que realizó numerosos reclamos ante la ANSES por la suspensión de los pagos, pero no obtuvo respuesta. Por ello, pidió que se ordenara a la demandada continuar acreditando regularmente los fondos correspondientes en su cuenta bancaria, conforme a la normativa vigente.

sábado, 14 de febrero de 2026

Un fallo histórico: el Índice de Crianza desplaza al Salario Mínimo como referencia para la cuota alimentaria

 

La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de La Plata marcó un antes y un después en la forma de calcular la cuota alimentaria en Argentina. En el caso “C. A. c/ Q. A. S. s/ Homologación de Convenio”, los jueces decidieron dejar atrás el tradicional Salario Mínimo Vital y Móvil (SMVM) como parámetro y adoptar el Índice de Crianza, una herramienta que refleja el costo real de criar en Argentina a niños, niñas y adolescentes.

Descargar fallo completo: Aquí Fuente:https://blog-ericaperez.blogspot.com/

Hasta ahora, algunas sentencias fijaban la cuota alimentaria tomando como referencia el SMVM, un indicador pensado para un trabajador sin cargas familiares. El problema reside en que esta cifra no alcanza para cubrir las necesidades básicas de niñas y niños.

El Índice de Crianza, elaborado por el INDEC, incorpora dos aspectos clave:

  • Bienes y servicios esenciales: alimentación, vestimenta, vivienda, transporte.
  • Costo del cuidado: horas de atención valorizadas según el régimen de casas particulares.

Este índice se actualiza mensualmente y por tramos de edad, ofreciendo un parámetro objetivo y dinámico que garantiza el interés superior del niño, tal como exige la Convención sobre los Derechos del Niño y el Código Civil y Comercial.

¿AUH y tarjeta alimentar cuentan como aporte alimentario? Un fallo que derriba uno de los mitos más frecuentes

 

UN FALLO QUE DERRIBA EL MITO DE QUE LA AUH Y LA TARJETA ALIMENTAR SON PARTE DE LA CUOTA ALIMENTARIA. «R.V.P.N. C/ G.P.J. S/ SUMARÍSIMO – ALIMENTOS”. Juzgado de familia, civil, comercial, minería y sucesiones N° 11. El Bolsón, 1 de diciembre de 2025. Jueza, Paola Bernardini

Solicitar fallo completo al correo: lennycaceres69@gmail.com

I.- Resumen de los hechos

La Sra. P.N.R.V., en representación de su hijo S.T.G.R., interpone demanda de alimentos contra el Sr. P.J.G. solicitando el 35% de sus ingresos, con un mínimo equivalente al Índice de Crianza del INDEC.

La actora argumenta que asume la totalidad de los cuidados y gastos del niño, mientras que el progenitor no cumple con su obligación alimentaria, limitándose a aportes esporádicos.
Durante el proceso se fija una cuota provisoria equivalente al 60% de la Canasta de Crianza para la franja de 4 a 5 años.

lunes, 28 de julio de 2025

Medidas ante desistimiento de la guarda preadoptiva, alimentos provisorios, índice de crianza, notificación por WhatsApp, cobertura médica y reparación emocional.

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Medidas ante desistimiento de la guarda preadoptiva, alimentos provisorios, índice de crianza, notificación por WhatsApp, cobertura médica y reparación emocional. “M. B. F. R. – M. V. S. S/ GUARDA CON FINES DE ADOPCIÓN”. Villa la Angostura, 09 de junio del año 2025. Jueza interviniente Dra. Eliana Fortbetil

Por Erica Pérez*
Descargar: fallo completo

I.- Resumen de los hechos

En el marco del proceso de guarda con fines de adopción de los niños F. y V., el expediente da cuenta de un procedimiento que se desarrolló conforme a los principios rectores del derecho de familia y de niñez, destacándose la observancia del interés superior del niño (Ley 26.061, art. 3) y el cumplimiento de las garantías procesales previstas en el art. 613 del Código Civil y Comercial de la Nación.

viernes, 16 de mayo de 2025

Se tuvo en cuenta el costo de vida en Bariloche para la aplicación del índice de crianza

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#Aplicaciónsectorialdelíndicedecrianza

Se tuvo en cuenta el costo de vida en Bariloche para la aplicación del índice de crianza “L.M.I. C/ S.M.J.P. S/ ALIMENTOS” Unidad Procesal San Carlos de Bariloche (Juzgado de Familia N°7). San Carlos de Bariloche, 20 de marzo de 2025. Jueza Cecilia M. Wiesztort.

Por Erica Pérez*
con aporte de Maru Breard
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I.- Resumen de los hechos

La señora M.I.L. presentó una demanda en representación de sus hijos S.M.S., V.S.C., y J.A.C. para establecer una cuota alimentaria en beneficio de ellos. La demanda se dirige contra el señor M.J.P.S., progenitor de S. y progenitor afín de V. y A. La actora solicitó una cuota alimentaria de $80,000 con actualización semestral del 20% y una cuota provisoria. Se detallaron las necesidades de los hijos y la capacidad económica de ambas partes. Se ordenó el embargo preventivo de cuotas alimentarias futuras sobre los derechos hereditarios y un vehículo del demandado.

domingo, 20 de octubre de 2024

Los gastos cotidianos que generan la crianza y el cuidado de hijas e hijos no necesitan ser probados

 


Los gastos cotidianos que genera la crianza y el cuidado de los hijos no necesitan ser probados. “B.T. M C/ A.F.N S/ ALIMENTOS”. Juzgado de Familia n°4 del Departamento Judicial de Morón, 14/07/2024 jueza interviniente Pellegrini Gladys Noemi.

Por Erica Pérez*
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I.- Resumen de los hechos

La progenitora B. T. M., en representación de su hijo A. L. B., promueve demanda de alimentos contra A. F. N., con el patrocinio de la Dra. Velázquez Daniela Fernanda. Manifiesta que desde 2020, tras la ruptura de la relación convivencial, alquila un inmueble. Mientras que el progenitor mantiene un régimen de comunicación con su hijo los fines de semana, alegando que su trabajo le impide mayor contacto, lo que la deja a cargo del cuidado diario.

miércoles, 28 de agosto de 2024

Se incluyo en la cuantificación de la cuota alimentaria el índice de crianza, salario MVYM y el traslado

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Se incluyo en la cuantificación de la cuota alimentaria el índice de crianza, salario MVYM y el traslado de sus hijos a sus actividades. E., N. C/ CH., D.O. S/ ALIMENTOS CUIJ. Tribunal colegiado Inst. Única Civil de Familia N° 5° Nom. Rosario, 01 de agosto de 2024.

Por Erica Pérez*
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I.- Los hechos

Se presenta la progenitora N.E., solicitando revocatoria contra la resolución n° 680/2024 en representación de sus hijos menores, N.D. y J.A.CH. Argumentando que la resolución no ha valorado adecuadamente la totalidad de la prueba y no ha fijado una cuota alimentaria acorde a los gastos reales de los niños, quienes tienen 9 y 12 años, están en edad escolar y viven en un contexto de alta inflación y creciente inseguridad en Rosario. Además, señala que el demandado principal evita obtener un empleo registrado para no asumir su responsabilidad económica hacia sus hijos, no muestra interés en la causa, no se presenta en las audiencias y se desentiende completamente de sus obligaciones. También menciona que los abuelos paternos, aunque no registran ingresos reales, tienen la capacidad económica suficiente para contribuir a los gastos de sus nietos.

viernes, 21 de junio de 2024

Cuota alimentaria acorde al índice de crianza, condición de discapacidad y tareas de cuidado

 


Cuota alimentaria acorde al índice de crianza, ponderando la condición de discapacidad del alimentado y la exclusividad de las tareas de cuidado de la progenitora. M C/ B, S.A. S/ INCIDENTE DE AUMENTO DE CUOTA ALIMENTARIA. Exp:21108. Suipacha. Abogada patrocinante Valeria Alcain.

Por Erica Pérez*
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I.- Resumen de los hechos

Que con fecha 12/3/2021 se presenta M. B., en representación de su hijo J.A.G.B., y promueve contra S. A. B. incidente de aumento de la cuota alimentaria que fuera fijada en los autos: «B. M. C/ B. S. A. S/ ALIMENTOS», por resultar a todas luces insuficiente a los fines de solventar los gastos del alimentado. Funda el pedido en el aumento del costo de vida, las necesidades del niño J. A., y los problemas de salud que padece producto de su severa discapacidad, lo que conlleva un gasto extra, y un esfuerzo en las tareas de cuidado que afronta en total soledad. Alega que el progenitor -según sus dichos- se desempeña como vendedor independiente.

Un fallo que tuvo en cuenta la carga mental en la maternidad

 


Un fallo muy interesante que aborda las tres instancias judiciales. Además, no solo aplica el índice de crianza como piso mínimo, sino que incorpora las políticas de cuidado al reconocer las cargas mentales de la maternidad, explicando que deben ser valoradas para la determinación de la cuota alimentaria.

LA CARGA MENTAL EN LA MATERNIDAD. «B. V. L. C/ R. G. J., R. J. P. Y S. S. E. S/ ALIMENTOS». Paraná, capital de la provincia de Entre Ríos, 6/06/2024. Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos Sala Civil y Comercial.

Por Erica Pérez*
Descargar: fallo completo

I.- Los hechos en primera instancia

La sentencia de primera instancia (23/8/2022), hizo lugar a la demanda de alimentos interpuesta por la señora V. B. en contra del progenitor G. R. y de los ascendientes paternos J. R. y S. S.; fijó como cuota alimentaria definitiva en favor de las tres menores de edad la suma equivalente a tres y medio (3 y 1/2) salarios mínimos vitales; estableció que los gastos extraordinarios de las hijas serán abonados en un cincuenta por ciento (50%) por cada uno de los progenitores; dispuso que los alimentos atrasados se adeudan desde la fecha de interposición de la demanda, debiendo practicarse liquidación del juicio, deduciéndose lo que se hubiera percibido en concepto de alimentos provisorios; e impuso las costas a los demandados alimentantes vencidos.

jueves, 21 de marzo de 2024

Actualización de la cuota alimentaria mediante el índice de crianza

 

Actualización de la cuota alimentaria mediante el índice de crianza. C. A. c/ M., C. N. s/ ALIMENTOS. Juzgado civil 92. Buenos Aires, de febrero de 2024. Abogada patrocinante Sandra González.

Descarga el fallo completo: aquí

I.- Los hechos

A los efectos de resolver el planteo incoado por la actora, respecto de la actualización de la cuota alimentaria convenida, cuyo traslado no fue respondido, pese a encontrarse el demandado notificado conforme constancias de notificación electrónica, habré de considerar;

Que las partes arribaron a un acuerdo homologado, en el cual el accionado se compromete a abonar la cuota de $150.000 en favor de su hija G. B. M., actualmente de 14 años, además de la cobertura de salud Privamed. Respecto de la actualización de la cuota, las partes no han logrado acuerdo alguno.

miércoles, 23 de agosto de 2023

Índice de crianza en un expediente de aumento de cuota y como alimentos provisorios

 

Fallo: Alimentos provisorios como medida cautelar genérica, con el nuevo índice de crianza, en un incidente de aumento de cuota alimentaria. «L. E. B C/ P. J. I.  S/ INCIDENTE DE AUMENTO DE CUOTA ALIMENTARIA”. Daireaux, Juzgado de Familia 10/8/23. Juez interviniente, Javier Pablo Heredia.

Por Erica Pérez*

para Diario Digital Femenino

Descarga el fallo completo: aquí

I.- Resumen de los hechos.

Se presenta L. E. B.  con el patrocinio letrado de la Dra. M. C., promoviendo incidente de aumento de cuota alimentaria. De lo solicitado, se corre traslado al Sr.  P. J. I. por cinco días y se ordena notificar personalmente o por cédula, en el domicilio constituido por el alimentante en las actuaciones principales. Ello toda vez que en los incidentes rige el domicilio constituido en el principal. Ese principio resulta aplicable no sólo a los incidentes propiamente dichos, sino a los juicios incidentales, según lo tiene decidido la mayor parte de la jurisprudencia respecto de las demandas que se promuevan contra la sucesión.[1] De consiguiente, es también aplicable al pedido de aumento de la cuota alimentaria, para el cual la propia ley adjetiva señala el trámite incidental en el proceso en que fue solicitada.[2]

domingo, 20 de agosto de 2023

Fallo inédito: Se utilizo el nuevo índice de crianza para determinar la cuota alimentaria en San Juan

 

Fallo inédito: Se utilizo el nuevo índice de crianza para determinar la cuota alimentaria en San Juan. «C.V. A Y M.C.R.A S/ HOMOLOGACION DE CONVENIO EN FAMILIA”. En la ciudad de San Juan, 25 de julio de 2023, Primer Juzgado de Familia. Jueza interviniente Dra. Marianela López.

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I.- Resumen de los hechos. Alimentos provisorios.

El día 19 de junio de 2020 se presentó el Sr. R.A.M.C, la Sra. Y.V.C., con patrocinio letrado de la Dra. G, solicitando la homologación de convenio (Plan de parentalidad). En el cual se homologó lo relativo al plan de parentalidad de su hija en común: GMC, a saber: Cuidados personales, régimen de comunicación, alimentos, consecuencias ante el incumplimiento del convenio y costas.

En fecha 23 de octubre de 2020 se presenta el Sr. M con nuevo patrocinio letrado de la Dra. T, solicitando que se deje sin efecto las cláusulas terceras (alimentos) y quinta (costas) del convenio acompañado por las partes. Expresando «las mismas no representan mi real voluntad, ni son de posible cumplimiento para mí». Ofrece como cuota alimentaria a favor de la niña la suma de pesos cinco mil, más el pago de una obra social a su cargo y de la inscripción anual y mensual del colegio al que asiste la niña. También ofrece, en la época de inicio escolar afrontar el 50% de los gastos, correspondientes a uniformes y útiles escolares. En caso de que su hija inicie una actividad recreativa se compromete a pagar el 50% del monto de la cuota. Asimismo, solicita que los honorarios de la profesional actuante en el convenio sean soportados en el orden causado. Ratifica las restantes cláusulas del convenio.

jueves, 10 de agosto de 2023

Alimentos provisorios fijados de acuerdo al nuevo Índice de Crianza, comentario jurídico sobre el fallo

 

Fallo: Alimentos provisorios fijados de acuerdo al nuevo Índice de Crianza .F. V. N. A C/ P. L .J S/ ALIMENTOS. Juzgado N°2 Lomas de Zamora. Jueza interviniente, Belen Loguercio. Fecha 1/08/2023.


Por Erica Pérez*

para Diario Digital Femenino

Descarga el fallo completo: aquí


I.- Solicita alimentos provisorios


Respecto de los alimentos provisorios pedidos, los mismos serán fijados en esta etapa del proceso en la que aún no se ha producido prueba alguna que demuestre los extremos invocados por la actora, posibilidades de la actora –Conf. Bossert, Gustavo; “Régimen jurídico de los alimentos”, pag.331


Ello se debe a que si bien el proceso de alimentos se caracteriza por su celeridad en virtud del derecho que busca satisfacer, ello no implica que la espera hasta el dictado de la sentencia definitiva no insuma cierto tiempo, resultando en una clara desprotección de la parte más vulnerable (DE LA TORRE, Natalia, alimentos en HERRERA, Marisa y DE LA TORRE Natalia (dirs), CCYCN y leyes especiales. Comentado y anotado con perspectiva de género, Tomo 4, Editores del Sur, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 2022)

-© Erica Pérez@fallos novedosos. -Citenos como fuente incluyendo el link: https://blog-ericaperez.blogspot.com/

Violencia vicaria: un fallo amplía las medidas de protección hacia los hijos

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