
“Cosificar a niñas o niños es negar su humanidad
desde el inicio, es verlo como resultado de una
inversión económica, como un bien que debe
satisfacer al cliente, no como una persona
sujeta de derechos, emociones y dignidad propia”.
TRHA y los derechos de niños y niñas. Un fallo que exige regulación “M., B. L. – CONTROL DE LEGALIDAD (LEY 9944 – ART. 56)” Córdoba, veintidós de julio del año dos mil veinticinco. Unidad de Jueza N° 1 del Tribunal de Gestión Asociada de Niñez, Adolescencia, Violencia Familiar y de Género. Jueza interviniente Pascual, María De Los Ángeles
Por Erica Pérez*
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I.- Resumen de los hechos.
El niño B. L. M. nació el 17 de noviembre de 2024 en la ciudad de Córdoba, como resultado de una técnica de reproducción humana asistida (TRHA) bajo un acuerdo de gestación por sustitución. Desde su nacimiento, se encontró en una situación de extrema vulnerabilidad, ya que la mujer gestante, L. E. M., manifestó no tener intención de asumir funciones parentales. A su vez, la comitente extranjera que había promovido el procedimiento desistió de continuar con el proceso y abandonó al niño, sin asumir ninguna responsabilidad afectiva ni legal.