Maternar en soledad. «S. B. M. C/ C. E. S. S/ ALIMENTOS» Juzgado de Familia, Niñez y Adolescencia N° 5 Corrientes, 10 de octubre de 2023. Juez interviniente Edgardo Enrique Frutos.
Por Erica Pérez*
para Diario Digital Femenino
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I.- Resumen de los hechos:
Se presenta la Sra. S. a promover demanda de alimentos contra el Sr. C., progenitor del hijo en común, solicitando el treinta por ciento (30%) de un salario mínimo vital y móvil con más obra social y hasta tanto se dicte sentencia, se decrete alimentos provisorios por el mismo monto, refiriendo que, en caso de incumplimiento, se establezca subsidiariamente la obligación de hacerlo al abuelo del niño. Manifiesta que desde el nacimiento de su hijo en común se encuentra separada de hecho del Sr. C., asumiendo el cuidado del niño y haciéndose cargo de todos los gastos que conlleva su crianza. Teniendo en cuenta el pedido de alimentos provisorios, se fija una cuota alimentaria provisoria por la suma correspondiente al 20% de un salario mínimo vital y móvil (veinte por ciento).