Cìtenos

lunes, 3 de noviembre de 2025

Un fallo que reivindica el valor económico de las tareas de cuidado

 

Un fallo reivindica el valor económico de las tareas de cuidado, la utilización del índice de crianza por sobre el SMVM como parámetro idóneo para determinar el quantum de la cuota alimentaria «A. M. C/ D. C. M. S/ INCIDENTE AUMENTO CUOTA ALIMENTARIA» En la ciudad de Paraná, el 17 de octubre de 2025. Recurso de inaplicabilidad de ley ante el Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos. Abogada patrocinante Florencia Rojo.

Por Erica Pérez*

I.- Los hechos “primera instancia”

La Sra. M. A., en representación de su hijo menor T. D. A., promovió un incidente judicial solicitando el aumento de la cuota alimentaria y la modificación del régimen de comunicación vigente con el progenitor del niño, el Sr. C. M. D. La presentación fue realizada el 16 de mayo de 2024. La actora relató que el acuerdo de alimentos y comunicación fue homologado el 12 de marzo de 2019, y que desde entonces han transcurrido cinco años. Indicó que el niño, actualmente de siete años, se encuentra bajo su exclusivo cuidado, y que el régimen de comunicación acordado en su momento no ha sido actualizado, pese a su solicitud, siendo que el padre lo ve dos veces por semana y cada quince días los domingos, en horarios acotados.

Unión convivencial: la justicia otorga una compensación de 100 millones de pesos por tareas de cuidado

 

El fallo del Juzgado de Familia N.º 10 de San Carlos de Bariloche reconoce el valor económico del trabajo doméstico y de cuidado asumido por una mujer durante más de una década de convivencia.
Una decisión con perspectiva de género que repara desigualdades estructurales y marca precedente

Ella cuidó a las hijas, él expandió su empresa: la justicia ordena compensación de más de cien millones. “N.L.E. C/ R.M.A. S/ COMPENSACIÓN ECONÓMICA” (F) (DIGITAL). Juzgado de familia N° 10. San Carlos de Bariloche, 10 de septiembre de 2025.

I. Los hechos

En diciembre de 2021, la Sra. L.E.N. presentó una demanda contra su expareja, el Sr. M.A.R., solicitando una compensación económica de ocho millones de pesos, ajustable al valor de la sentencia, más intereses. La demanda se basa en el desequilibrio económico que se generó entre ambos durante su convivencia.

La pareja convivió desde 2008 y registró oficialmente su unión en 2009. Se separaron en julio de 2021. Durante esos años, formaron una familia con dos hijas en común. Al principio, ambos trabajaban y estudiaban, pero con el tiempo, la actora continuó desarrollándose profesionalmente, mientras que el demandado abandonó sus estudios y comenzó a trabajar en una cervecería artesanal.

Sentencia notificada con inteligencia artificial

Un fallo que marca un antes y un después: la sentencia se notificó con un video en lenguaje claro generado por inteligencia artificial, garantizando acceso real a la justicia. La notificación de la sentencia mediante un video desarrollado con inteligencia artificial.

Alimentos y comunicación de la sentencia en lenguaje claro a través de un video generado por inteligencia artificial. «G, J. L. C/ F., M. D. S/ ALIMENTOS» 5/09/2025. Juzgado de Paz de Daireaux, ju
ez interviniente Dr. Javier Pablo Heredia

Descargar: fallo completo

I.- Resumen de los hechos

En fecha 07 de agosto de 2023, la progenitora J.L.G., en su rol de cuidadora principal de su hija E.L.F.G., de 11 años, presentó una demanda de alimentos solicitando una cuota equivalente al 25% del sueldo del progenitor, con un piso mínimo de $60.000. Este monto representaba el 79,76% del valor de la Canasta Básica Total (CBT) del Gran Buenos Aires, según datos del INDEC. A raíz de ello, se fijaron alimentos provisorios y se convocó a las partes a audiencia conforme al artículo 636 del Código Procesal Civil y Comercial (CPCC).

-© Erica Pérez@fallos novedosos. -Citenos como fuente incluyendo el link: https://blog-ericaperez.blogspot.com/

Un fallo que reivindica el valor económico de las tareas de cuidado

  Un fallo reivindica el valor económico de las tareas de cuidado, la utilización del índice de crianza por sobre el SMVM como parámetro idó...