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lunes, 3 de noviembre de 2025

Un fallo que reivindica el valor económico de las tareas de cuidado

 

Un fallo reivindica el valor económico de las tareas de cuidado, la utilización del índice de crianza por sobre el SMVM como parámetro idóneo para determinar el quantum de la cuota alimentaria «A. M. C/ D. C. M. S/ INCIDENTE AUMENTO CUOTA ALIMENTARIA» En la ciudad de Paraná, el 17 de octubre de 2025. Recurso de inaplicabilidad de ley ante el Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos. Abogada patrocinante Florencia Rojo.

Por Erica Pérez*

I.- Los hechos “primera instancia”

La Sra. M. A., en representación de su hijo menor T. D. A., promovió un incidente judicial solicitando el aumento de la cuota alimentaria y la modificación del régimen de comunicación vigente con el progenitor del niño, el Sr. C. M. D. La presentación fue realizada el 16 de mayo de 2024. La actora relató que el acuerdo de alimentos y comunicación fue homologado el 12 de marzo de 2019, y que desde entonces han transcurrido cinco años. Indicó que el niño, actualmente de siete años, se encuentra bajo su exclusivo cuidado, y que el régimen de comunicación acordado en su momento no ha sido actualizado, pese a su solicitud, siendo que el padre lo ve dos veces por semana y cada quince días los domingos, en horarios acotados.

Unión convivencial: la justicia otorga una compensación de 100 millones de pesos por tareas de cuidado

 

El fallo del Juzgado de Familia N.º 10 de San Carlos de Bariloche reconoce el valor económico del trabajo doméstico y de cuidado asumido por una mujer durante más de una década de convivencia.
Una decisión con perspectiva de género que repara desigualdades estructurales y marca precedente

Ella cuidó a las hijas, él expandió su empresa: la justicia ordena compensación de más de cien millones. “N.L.E. C/ R.M.A. S/ COMPENSACIÓN ECONÓMICA” (F) (DIGITAL). Juzgado de familia N° 10. San Carlos de Bariloche, 10 de septiembre de 2025.

I. Los hechos

En diciembre de 2021, la Sra. L.E.N. presentó una demanda contra su expareja, el Sr. M.A.R., solicitando una compensación económica de ocho millones de pesos, ajustable al valor de la sentencia, más intereses. La demanda se basa en el desequilibrio económico que se generó entre ambos durante su convivencia.

La pareja convivió desde 2008 y registró oficialmente su unión en 2009. Se separaron en julio de 2021. Durante esos años, formaron una familia con dos hijas en común. Al principio, ambos trabajaban y estudiaban, pero con el tiempo, la actora continuó desarrollándose profesionalmente, mientras que el demandado abandonó sus estudios y comenzó a trabajar en una cervecería artesanal.

Sentencia notificada con inteligencia artificial

Un fallo que marca un antes y un después: la sentencia se notificó con un video en lenguaje claro generado por inteligencia artificial, garantizando acceso real a la justicia. La notificación de la sentencia mediante un video desarrollado con inteligencia artificial.

Alimentos y comunicación de la sentencia en lenguaje claro a través de un video generado por inteligencia artificial. «G, J. L. C/ F., M. D. S/ ALIMENTOS» 5/09/2025. Juzgado de Paz de Daireaux, ju
ez interviniente Dr. Javier Pablo Heredia

Descargar: fallo completo

I.- Resumen de los hechos

En fecha 07 de agosto de 2023, la progenitora J.L.G., en su rol de cuidadora principal de su hija E.L.F.G., de 11 años, presentó una demanda de alimentos solicitando una cuota equivalente al 25% del sueldo del progenitor, con un piso mínimo de $60.000. Este monto representaba el 79,76% del valor de la Canasta Básica Total (CBT) del Gran Buenos Aires, según datos del INDEC. A raíz de ello, se fijaron alimentos provisorios y se convocó a las partes a audiencia conforme al artículo 636 del Código Procesal Civil y Comercial (CPCC).

sábado, 27 de septiembre de 2025

El derecho al cuidado como Derecho Humano autónomo

¿Quién cuida a quienes cuidan?
La Corte Interamericana acaba de reconocer algo histórico: el cuidado no es un favor ni una carga invisible, sino un derecho humano autónomo.

El Derecho al Cuidado como Derecho Humano Autónomo.
Análisis de la Opinión Consultiva OC-31/25

Por Erica Pérez*

I.- El derecho a cuidar, a ser cuidado y al autocuidado

La Opinión Consultiva OC-31/25, emitida por la Corte Interamericana de Derechos Humanos el 12 de junio de 2025, constituye un avance sustantivo en el desarrollo del derecho internacional de los derechos humanos al reconocer el derecho al cuidado como un derecho humano autónomo, interdependiente e indivisible de otros derechos fundamentales, especialmente los DESCA (derechos económicos, sociales, culturales y ambientales).

Resolución sobre gestación por sustitución en Argentina

“Cosificar a niñas o niños es negar su humanidad
desde el inicio, es verlo como resultado de una
inversión económica, como un bien que debe
satisfacer al cliente, no como una persona
sujeta de derechos, emociones y dignidad propia”.

 

TRHA y los derechos de niños y niñas. Un fallo que exige regulación “M., B. L. – CONTROL DE LEGALIDAD (LEY 9944 – ART. 56)” Córdoba, veintidós de julio del año dos mil veinticinco. Unidad de Jueza N° 1 del Tribunal de Gestión Asociada de Niñez, Adolescencia, Violencia Familiar y de Género. Jueza interviniente Pascual, María De Los Ángeles

Por Erica Pérez*
Mira el fallo completo

I.- Resumen de los hechos.

El niño B. L. M. nació el 17 de noviembre de 2024 en la ciudad de Córdoba, como resultado de una técnica de reproducción humana asistida (TRHA) bajo un acuerdo de gestación por sustitución. Desde su nacimiento, se encontró en una situación de extrema vulnerabilidad, ya que la mujer gestante, L. E. M., manifestó no tener intención de asumir funciones parentales. A su vez, la comitente extranjera que había promovido el procedimiento desistió de continuar con el proceso y abandonó al niño, sin asumir ninguna responsabilidad afectiva ni legal.

No contar con empleo no exime del pago de alimentos

 


La falta de ingresos del alimentante no justifica el incumplimiento o no pago de la cuota alimentaria. “Z.L.C. C/ A.W.D. S/ MODIFICACIÓN DE CUOTA ALIMENTARIA”. Unidad Procesal N° 9. Juzgado de Familia N°9.  San Carlos de Bariloche, 09 de mayo de 2025.

Por Erica Pérez*
Descargar: fallo Primera instancia
 Fallo Cámara

I.- Los hechos

La Sra. Z.L.C., en representación de su hija menor F.A., promovió demanda de aumento de cuota alimentaria contra el progenitor, Sr. A., solicitando el 35% de sus ingresos, con un mínimo no inferior al Salario Mínimo Vital y Móvil (SMVM). Sostiene que tiene el cuidado exclusivo, sin contacto regular con el progenitor, salvo comunicaciones telefónicas esporádicas, que se desempeña como portera de escuela, con un salario aproximado de $90.000, y realiza ferias de ropa usada, obteniendo ingresos adicionales no superiores a $15.000 mensuales.

-© Erica Pérez@fallos novedosos. -Citenos como fuente incluyendo el link: https://blog-ericaperez.blogspot.com/

Un fallo que reivindica el valor económico de las tareas de cuidado

  Un fallo reivindica el valor económico de las tareas de cuidado, la utilización del índice de crianza por sobre el SMVM como parámetro idó...